Justicia y Equidad
Rodrigo Humbol
En el siguiente
artículo, el autor busca aclarar en parte, los dilemas y relaciones que existen entre la equidad y justicia.
Para poder
entender el dilema existente entre la equidad y la justicia, miremos por
separado los conceptos de estos dos términos, según Hans Kelsen, Jhon Rawls y
Stacey Adams. La justicia en primer término es
una característica posible más no necesaria del orden social[1],
en segundo término constituye una virtud
del individuo[2],
para Rawls la justicia es una virtud
de instituciones sociales[3] o
bien él los denomina prácticas[4]
. En tanto a la equidad J. Rawls sostiene que la equidad surge cuando personas libres que carecen de autoridad las
unas sobre las otras se embarcan en una actividad conjunta y establecen entre
ellas las reglas que definen esa actividad y que determinan las respectivas
cuotas en los beneficios y cargas, y S. Adams[5]
sostiene que la equidad viene de la relación que existe entre el criterio que
se forma la persona en función del beneficio que recibe.
Con esta
introducción podemos realizar un análisis acerca de las relaciones que poseen
estos dos términos, de tal manera que podamos entender como la Justicia se
compara con la Equidad y como estos términos se complementan.
La justicia es
complemento de la equidad, es decir, necesito de una percepción de justicia,
para realizar actividades equitativas. Estas actividades se darán cuando
ninguno de los individuos participantes en la misma no sienten que ellos o
alguien está en ventaja con respecto a los demás, y esta percepción hace uso
del sentido de Justicia que posee cada persona, por lo que la hipótesis
anunciada al principio de este párrafo puede ser verdadera.
Las prácticas
equitativas, en teoría, nombran una actividad en la que todos posean las mismas
características y que no exista ventaja entre ellos, pero este sentido no es
aplicable cuando se añade su complemento de justicia, ya que, por ejemplo, en
una empresa trabajan diferentes personas con diferentes capacidades y
diferentes funciones, por lo tanto ese beneficio, que lo nombra Stacey Adams[6],
será diferente para todos, por lo tanto, lo que este ejemplo nos quiere
explicar, es que la actividad equitativa es aquella que es de común acuerdo
entre los participantes, y es de común acuerdo, porque estos poseen un criterio
de justicia en cuanto a sus capacidades, por lo que están consientes de su
preparación y estarán de acuerdo en recibir los beneficios que se les asignará
a cada uno.
En conclusión,
toda actividad social, para que sea equitativa debe tener como característica
principal la conciencia de justicia entre sus participantes.
[1] Kensel,
Hans “¿Qué es la Justicia?” Capítulo I,
1.
[2] Kensel,
Hans “¿Qué es la Justicia?” Capítulo I,
1.
[3] Rawls,
Jhon , Revista española de control externo, “Justicia como Equidad” (1971)
[4] J. Rawls
pone este término para significar toda forma de actividad específica por un
sistema de reglas que define cargos.
[5] Adams,
Stacey. “Teoría de la Equidad” – [Sostiene
que la motivación ,desempeño y satisfacción depende de su evaluación subjetiva
de las relaciones de su esfuerzo (recompensa a la razón de esfuerzo)]
[6] Adams, J.S. “Toward understanding of inequity”. J. of Abnormal and Social Psychology.
76:422-436, 1963